La Dirección General de Tráfico (DGT) interpuso 4.020.273 denuncias en 2013 por exceso de velocidad, mal aparcamiento y maniobras imprudentes, con las que recaudó más de 369 millones de euros. Además, Hacienda tiene pendientes otros 450 millones de euros en multas pendientes de cobrar y casi 100 millones adicionales que se prevé se perderán por prescripción y recursos de los conductores sancionados.
Precisamente para aquellos que hayan sido multados y estén pensando en recurrir, hoy os explicamos en 5 sencillos pasos cómo podéis llevarlo a cabo.
Tu recurso en 5 pasos
- El primer paso es comprobar si tu seguro incluye la cobertura de gestión de multas, en cuyo caso te beneficiarás de un servicio de asesoramiento y trámite por parte de la aseguradora, y no tendrás que preocuparte por nada más hasta que salga el resultado del recurso.
- Si tu seguro no incluye esta cobertura y quieres iniciar el procedimiento por tu cuenta deberás redactar un escrito de alegaciones en los 20 días siguientes de recibir la multa. (Recuerda: aunque no abras al cartero la sanción seguirá su curso legal una vez haya sido publicada en el BOE o en el TESTRA y Hacienda te la reclamará con recargo.) Deberás rellenar tus datos personales en la primera parte, los de la multa en la siguiente y un pequeño texto explicando los motivos por los cuales crees que la multa no es válida.
- Debes dirigir la carta a la Jefatura de Tráfico por correo certificado, o a través del portal de la DGT si estás en posesión de un certificado digital.
- A partir de entonces la Administración tiene 4 meses para contestar y decidir estimar el recurso (no tendrás que pagar la multa) o rechazarlo, en cuyo casodeberás abonarla en su totalidad más los recargos correspondientes, si los hubiera.
- Si Tráfico ha desestimado tu alegación pero aún así quieres continuar con el proceso, deberás pagar la multa y presentar un nuevo recurso ante el Ministerio de Interior en el plazo de un mes desde la recepción del veredicto.
¿Recurrir o no recurrir?
Según informa la DGT, la gran mayoría de los recursos que prosperan a favor del conductor sancionado se basan en aspectos procesales, es decir, errores de forma por parte de los agentes que pueden invalidar la denuncia, y no en los relacionados con la situación en si misma.
Otro factor que disuade a los multados de interponer un recurso es la tasa por acudir a los tribunales. La última modificación de cargos por gestiones administrativas establece que esta nunca puede superar el 50% del importe (más el 0,1%) y si la sentencia final resultara a tu favor se te devolvería el 60% de la tasa, pero el bajo número de recursos favorables hace que muchos opten por no recurrir.
Además, actualmente existe la opción de abonar la multa dentro del plazo de los 20 días hábiles tras la notificación y beneficiarte de un descuento del 50%. Eso sí, has de saber que una vez pagada ya no es posible realizar ninguna reclamación, excepto por vía judicial, porque se entiende que estás conforme con la sanción.